LA CONVOCATORIA DE MARZO DEL CBAT Y EL RELOJ DE LA TEMPORADA ALTA DE 2026
Victor de Quiroga
5/11/20262 min leer


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LA CONVOCATORIA DE MARZO DEL CBAT Y EL RELOJ DE LA TEMPORADA ALTA DE 2026
El 8 de abril de 2026 se cerró el plazo para presentar solicitudes en la convocatoria de marzo del Consorcio Bolsa de Alojamientos Turísticos (CBAT), que oferta 1.069 plazas turísticas en viviendas al amparo de la disposición transitoria segunda del Decreto-ley 4/2025, de 11 de abril.
Han pasado más de treinta días y el CBAT no ha publicado la lista provisional de admitidos ni anunciado fecha de sorteo. Las bases no fijan plazo para ninguno de los hitos que faltan, y la suma de eslabones sin calendario hace que la temporada alta de 2026 se esté agotando, en la práctica, antes incluso de empezar.
UNA CONVOCATORIA REABIERTA TRAS EL FRACASO DE SEPTIEMBRE
Es la segunda tentativa de adjudicar plazas de la bolsa temporal creada por la DT 2.ª del Decreto-ley 4/2025, de 11 de abril, contra la oferta ilegal, de medidas transitorias para la oferta y para la calidad turística de las Illes Balears. La primera, en septiembre de 2025, sacó 654 plazas a adjudicar por estricto orden de registro de entrada.
No llegó a resolverse: incidencias técnicas en el registro electrónico impidieron acreditar el orden real de presentación de las solicitudes, según informe técnico del propio sistema.
El Acuerdo de la Junta Rectora del CBAT de 11 de marzo de 2026 reformuló el procedimiento y elevó a 1.069 las plazas ofertadas.
LO QUE LAS BASES DEJAN ABIERTO
Cerrado el plazo de presentación, todo lo que viene después depende del CBAT, y las bases no lo calendarizan. El Anexo I del Acuerdo de 11 de marzo se limita a decir que, finalizado el plazo, "se publicará en la sede electrónica del CBAT la lista provisional". No fija cuándo.
El único plazo cierto del procedimiento son los tres meses para presentar la DRIAT desde la notificación del certificado de adquisición.
EL RELOJ DE LA TEMPORADA ALTA
Si la lista provisional saliera en la segunda quincena de mayo, los cinco días hábiles de alegaciones nos llevan a finales de mes. Entre la resolución de alegaciones, lista definitiva y fijación de la fecha del sorteo, no situamos junio en el mejor de los escenarios.
Y todavía no hemos hablado de la fecha para la realización del sorteo.
En definitiva, salvo un escenario realmente optimista, el adjudicatario habilitado por la convocatoria de marzo de 2026 no podrá comercializar la vivienda dentro de la temporada alta de 2026. El rendimiento práctico de la convocatoria, con alta probabilidad, se desplaza al ejercicio 2027.
COSTES PARA EL SOLICITANTE
El diferimiento tiene factura. Quien ha presentado solicitud ha pagado nota registral, las tasas para la expedición del certificado municipal de zona apta (pagando su correspondiente tasa), etc.
A ello se suma el coste de oportunidad. La vivienda no puede explotarse turísticamente porque todavía carece de plazas y, consecuentemente, no reune una de las condiciones imprescindibles para la presentación de la preceptiva Declaración Responsable de Inicio de Actividad (DRIAT)
En definitiva, si el modelo de la DT 2.ª del Decreto-ley 4/2025 quiere ser una respuesta real a una demanda real, debe operar en plazos compatibles con la actividad que pretende ordenar.
Victor de Quiroga - 11 de Mayo de 2026



